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Fiscalía DN niega venda bienes decomisados a Quirino

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El Fiscal del Distrito Nacional, Alejandro Moscoso Segarra, negó este lunes que esté vendiendo los bienes decomisados al señor Quirino Ernesto Paulino Castillo y sus familiares.

El magistrado aclaró que dispuso el traspaso de los mismos a la Procuraduría General de la República, dando cumplimiento a la resolución 0001, del 8 de enero del año en curso.

La resolución establece que "los bienes traspasados en virtud del acuerdo de cooperación de asistencia judicial internacional entre la Fiscalía del Distrito Sur de la Ciudad de Nueva York y la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional, sean destinados al fortalecimiento de la capacidad de investigación, persecución, y equipamiento del Ministerio Público y al proceso de instauración del nuevo modelo penitenciario, bajo la rectoría de la Procuraduría General de la República".

En uno de sus considerandos, la resolución establece que, en vista que la Ley 72-02, sobre Lavado de Activos, no contempla el destino especializado de los bienes traspasados al Estado Dominicano como consecuencia de la asistencia judicial internacional efectuada por las autoridades judiciales de otros Estados, la distribución de los bienes contemplada en el artículo 33 de la Ley no se aplica, como ha sido el caso de los 14.5 millones de dólares que la Fiscalía del Distrito Sur del Estado de Nueva York cedió a la Fiscalía del Distrito Nacional.

Por otro lado, la Fiscalía del Distrito Nacional aclaró que la custodia que tuvo de los bienes del señor Paulino Castillo y sus familiares, así como la custodia de cualquier bien o activo sujeto a incautación, es responsabilidad exclusiva del ministerio público.

Lo que se hace de acuerdo a lo establecido en el artículo 189 del Código Procesal Penal y el artículo 17, literal i, de la Ley 78-03 sobre el Estatuto del Ministerio Público, el cual establece que es a éste órgano a quien le corresponde custodiar, todos los activos calificados como cuerpo del delito que hayan sido ocupados como consecuencia de la investigación judicial, hasta tanto intervenga una sentencia que haya adquirido el carácter de la cosa irrevocablemente juzgada.

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