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Pleno CC niega violación Ley Función Pública

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El pleno de la Cámara de Cuentas emitió este miércoles un documento en el que establece que la Ley de Función Pública 41-08 excluye a ese organismo de los plazos legales y tiempos mínimos correspondientes a regalía y proporcionalidad, por lo que no “violamos” esa legislación.

Los jueces niegan haber violado la Ley al aplicarse los pagos de la regalía pascual e incentivos. Estiman que en su artículo 2 la pieza establece que están excluidos quienes ocupan cargos por elección popular.

Los miembros estimaron que “la Cámara de Cuentas no ha violado la referida ley, porque en su artículo 2, numeral uno, expresamente la excluye de su ámbito de aplicación”.

“Por vía de consecuencia a los miembros de la Cámara de Cuentas no les es aplicable las disposiciones del artículo 58, inciso 4 sobre regalía y su proporcionalidad”, expresa el organismo en un documento de tres páginas, que contiene una carta anexa de la Secretaría de Administración Pública, firmada por Ramón Ventura Camejo y dirigida a Licelott Marte de Barrios, presidenta del organismo auditor, dando respuesta a una comunicación del 15 de este mes en la que pide su opinión al respecto.

En la carta Ventura Camejo le responde a Marte de Barrios y expresa que “la Ley 41-08 sobre Función Pública excluye del ámbito de aplicación a la Cámara de Cuentas, por lo que esta Secretaría no tiene jurisdicción sobre el régimen laboral aplicable a los funcionarios”.

Ventura recomienda a los miembros de la Cámara “verificar las normas internas del pleno de esa institución, a los fines de determinar las normas aplicables a los integrantes del mismo”.

La Cámara de Cuentas expuso que tomó su decisión de dar la regalía pascual o compensación al cierre del actual año presupuestario a todos los funcionarios y empleados, incluyendo a los que fueron separados por recomendación motivada de los distintos directores departamentales, “en consonancia con los esfuerzos que se hacen para desterrar el estado de cosas encontrado”. Justificaron la decisión al evaluar la situación encontrada y los bajos salarios de los empleados y funcionarios de la entidad.

Los miembros del pleno de la Cámara de Cuentas tienen un salario de RD$281,973.60 mensuales, que con los descuentos que se les aplican, al final reciben limpio RD$255,529.91. Se les descuentan mensualmente RD$57,595.27, por concepto de Impuesto sobre la Renta; 16,948.42, por el Plan de Jubilaciones y Pensiones y 25.00, pesos por el Instituto Nacional de Auxilios y Viviendas, que ascienden a 74,568.69 por ese concepto.

Asimismo, les son asignados RD$20 mil mensuales para gastos de representación y RD$28 mil para gastos de combustibles. La reducción del salario forma parte de la disposición administrativa de austeridad de la Presidencia.

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