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Olivares advierte JCE debe llevar posición a cumbre

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El juez titular de la Junta Central Electoral (JCE), Eddy Olivares, advirtió este jueves que el pleno comicial deberá reunirse para discutir la posición que presentará el organismo en la cumbre convocada por el presidente Leonel Fernández con las fuerzas vivas el próximo 28 de enero.

Olivares precisó que los temas a discutir son lo referente a la Ley de Partidos, Reforma Electoral y las actas de nacimientos de los dominicanos de ascendencia haitiana.

Sostuvo que pese a las diferentes opiniones que existen entre los jueces de la entidad, el pleno presentará la decisión de la mayoría, tal como lo establece la Ley Electoral 275-97 y el reglamento interno de la institución.

Por otro lado, el miembro de la Cámara Contenciosa reiteró que no está de acuerdo con la creación de un Tribunal Superior Electoral, por que la actual estructura ha dado buenos resultados y pese a sus defectos es perfeccionable.

Indicó que una prueba de que el sistema actual funciona, es la celebración de las elecciones organizadas por el organismo, las que según él (Olivares) han tenido el mínimo de cuestionamiento.

Consideró que cambiar la actual estructura provocará que el órgano encargado de solucionar los problemas contenciosos electorales se conviertan en dos con la creación del Tribunal Superior Electoral.

Explicó que dos órganos paralelos con una misma función será un detonante, tras precisar que cuando el Tribunal Superior Electoral considere que la JCE tomó una decisión incorrecta con relación a un tema, eso generará un choque y una discusión pública entre ambas y no habrá otra instancia donde acudir.

Dijo que esa situación se ha dado en Colombia y Perú, donde han implementado esa modalidad.

Asimismo, aclaró que con la creación del Tribunal Superior el número de jueces aumentará a 10, de los cuales cinco serán elegidos por el Senado para integrar la JCE y cinco por el Consejo Nacional de Magistratura para el Tribunal Supremo Electoral.

Destacó que lo conveniente es redefinir la competencia de la Cámara Administrativa Electoral para que se limite única y exclusivamente al montaje de las elecciones y dejar a la Cámara Contenciosa los conflictos de los partidos y el Registro Civil.

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