Asamblea Revisora aprueba 21 artículos

La Asamblea Nacional, en función de Asamblea Revisora, avanzó en la aprobación en segunda lectura de 22 artículos de la reforma constitucional, incluyendo los artículos 50 sobre la libertad de expresión e información y el 51 sobre el derecho de la libre empresa.

En la sesión empezó con una matrícula de 142 asambleístas, 19 senadores y 123 diputados; asistencia que fue en aumento hasta alcanzar los 165 asambleístas, con 25 senadores y 140 diputados.

El artículo 50 que se refiere al derecho de la libertad de expresión e información fue aprobado luego que el presidente de la Comisión de Verificación y Auditoria, Francisco Rosario Martínez, pidiera que se excluyera la palabra veraz, del terminó información veraz, debido a que la misma fue incluida por error en el informe.

La moción de eliminar el término veraz fue respaldado por los voceros de las diferentes bancas.

También se aprobó un párrafo que señala que el disfrute de estas libertades se ejercerá respetando el derecho al honor, a la intimidad, así como a la dignidad y la moral de las personas, en especial la protección de la juventud y de la infancia, de conformidad con la ley y el orden público.

Mientras el artículo 51, relativo a la derecho de la libertad de empresa, fue sancionado con tres números que presentó el asambleísta Charles Mariotti, el cual fue secundado por las bloques de todos los partidos.

El primer numeral establece que no se permitirán monopolios, salvo en provecho del Estado, y que la creación y organización de esos monopolios se hará por ley. El Estado favorece y vela por la competencia libre y leal y adoptará las medidas que fueren necesarias para evitar los efectos nocivos y restrictivos del monopolio y del abuso de posición dominante, estableciendo por ley, excepciones para los casos de la seguridad nacional.

En tanto que en el numeral dos indica que el Estado podrá dictar medidas para regular la economía y promover planes nacionales de competitividad e impulsar el desarrollo integral del país.

Mientras el numeral tres señala que el Estado reconoce y garantiza la libre empresa, comercio e industria. Todas las personas tienen derecho a dedicarse libremente a la actividad económica sin más limitaciones que las prescritas en esta Constitución y las que establezcan las leyes.

Los asambleístas sancionaron desde el artículo 41 hasta el artículo 63.

El artículo 41 se refiere a los derechos a la libertad y seguridad personal, el artículo 42 habla sobre la prohibición en toda su extensión de la esclavitud, el artículo 43 sobre el derecho a la integridad personal y el artículo 44 sobre el derecho al libre desarrollo de la personalidad.

Igualmente el artículo 45 se refiere al derecho a la intimidad, y al honor personal, el 46 a la libertad de conciencia y de culto, el 47 a la libertad de tránsito, el 48 a la libertad de asociación y el 49 a la libertad de reunión.

Además, el artículo 52 sobre el derecho de propiedad, el 53 acerca del derecho a la propiedad intelectual, el 54 sobre derecho del consumidor, el 55 sobre la seguridad alimentaria y el 56 relativo a los derechos de la familia, con sus 13 numerales.

Asimismo, el artículo 57 sobre protección de las personas menores de edad, el 58 sobre la protección de las personas de la tercera edad, el 59 sobre la protección de las personas con discapacidad, el 60 sobre el derecho a la vivienda, el 61 sobre del derecho de la seguridad social y el 62 relativo al derecho a la salud.

Compartir esta publicación:

WhatsApp
Facebook
X
LinkedIn
Pinterest

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *