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SCJ autoriza pagar 1% obras a Fondo Pensiones

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La Suprema Corte de Justicia informó que por disposición de la Cámara de Cuentas de la República Dominicana ha iniciado el pago del 1 por ciento de todas las obras que construye en todo el territorio nacional, al Fondo de Pensiones de los Trabajadores de la Construcción, de acuerdo a lo que establece la ley 6-86, que creo esa institución.

De acuerdo al Superior Tribunal Judicial del país, la medida le fue sugerida por la Cámara de Cuentas, durante la última auditoria realizada por ese organismo a ese poder del Estado.

La disposición de cumplir con el pago del 1 por ciento que establece la ley 6-86, a través de todas las obras que construye en todo el territorio nacional, le fue notificada a las autoridades del Fondo de Pensiones de los Trabajadores de la Construcción, por de la Suprema Corte de Justicia.

El máximo tribunal de justicia del país, les informó a las autoridades del FOPETCONS, mediante el oficio 44975, que también han instruido a sus contratistas de obras, para que a partir de la fecha el pago de la cubicación final de la obra quedara sujeto a la presentación de la certificación expedida por el Fondo de Pensiones de los Trabajadores de la Construcción, mediante la cual se comprobara el pago del 1 por ciento establecido en el articulo 2 de la ley 6-86.

Esta disposición del alto tribunal judicial del país ha sido precedida de varias sentencias emitidas por ese poder del Estado, a favor del Fondo de Pensiones de los Trabajadores de la Construcción, en las que se ha demostrado fehacientemente la legalidad y constitucionalidad de la ley 6-86, que creo ese organismo protector de los trabajadores de la construcción.

La decisión de la Suprema Corte de Justicia fue saludada por el Director Ejecutivo del Fondo de Pensiones de los Trabajadores de la Construcción, Don Luís Miguel Martínez Glass, quien alabó la forma justa y transparente con que ese poder del Estado ha manejado los diferentes casos que les ha corresponde conocer en el país.

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