Asamblea aprueba Defensor del Pueblo

La Asamblea Nacional Revisora, aprobó la creación constitucional de la figura del Defensor del Pueblo, el cual será una autoridad autónoma, independiente en sus funciones durante un período de seis años.

La función esencial del Defensor del Pueblo, es contribuir a salvaguardar los derechos fundamentales de las personas y los intereses colectivos y difusos establecidos en la Constitución y las leyes, en casos de que sean violados por funcionarios u órganos del Estado, por prestadores de servicios públicos o particulares que afecten intereses colectivos y difusos.

El defensor del Pueblo, y sus adjuntos serán nombrados por el Senado por un período de seis años, de ternas propuestas por la Cámara de Diputados y permanecerán en sus cargos hasta que sean sustituidos.

Los asambleístas acordaron que si en 152 días hábiles de trabajo la Cámara de Diputados no ha escogido al Defensor del Pueblo, este será electo por el Senado.

Así como los artículos que se refieren a las Finanzas Públicas, y del Presupuesto General del Estado, Planificación, tributación, Cámara de Cuentas, Contraloría General de la República.

También, fueron aprobados los capítulos referentes al Ministerio Público, su integración, y a la Carrera del Ministerio Público, destacando uno de sus párrafos que los y las integrantes gozarán de inamovilidad. “No podrán ser separados ni suspendidos, sino por alguna de las causas establecidas y con las garantías previstas en la ley”.

Los asambleístas aprobaron los artículos correspondientes a las Fuerzas Armadas, Cuerpos Policiales y de la Seguridad y Defensa, Policía Nacional, lo relativo a las reformas constitucionales y las normas generales.

El presidente de la Asamblea Revisora, Reinaldo Pared Pérez, convocó a los asambleístas para este jueves a las 3: de la tarde.

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