El popular narrador deportivo Fernando Holguín Ovalles, mejor conocido como ¨El Rubio Blondie¨, fue víctima de un abuso de poder por el presidente de la Liga Dominicana de Béisbol Profesional, doctor Leonardo Matos Berrido, quien le prohibió narrar pelota en los torneos invernales como castigo administrativo por usar expresiones que no fueron de su agrado.
Matos Berrido ordenó la expulsión del Rubio Blondie de todas las cadenas de equipos de béisbol porque el narrador de los Gigantes del Cibao, al describir las incidencias de un partido de la serie final entre ese equipo y los Leones del Escogido llegó a decir que al lanzador escarlata Nelson Figueroa le había “llegado su agosto¨, porque los macorisanos llegaron a colocarle corredores en primera y tercera.
Otra expresión que según Matos Berrido usó el popular narrador ¨fuera de contexto¨ fue la expresión ¨Vergüenza contra dinero¨, para destacar que al menos dos jugadores del equipo macorisano (Nelson Cruz y Ramón Santiago) jugaron no obstante a estar lesionados.
Al margen de las interpretaciones que cada quien le de a dichas expresiones, su proscripción por esa causa de la narración deportiva constituye a todas luces una violación al artículo 49 de la nueva Constitución de la República, aprobada apenas hace una semana. Dicho artículo señala textualmente que ¨toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, por cualquier medio, sin que pueda establecerse censura previa¨.
Asimismo, el texto sustantivo señala que el derecho a réplica o rectificación por informaciones difundidas se hará conforme a la ley, por lo que al doctor Matos Berrido no le asiste prerrogativa o autoridad para sancionar o proscribir a un comunicador por lo que dijo o dejó de decir, y, en el caso que nos atañe, si no profirió expresiones afrentosas o difamatorias de ninguna índole.
La medida tomada por Matos Berrido es, a nuestro juicio, excesivamente drástica y, por demás, violatoria a derechos constitucionales, toda vez que cualquier sanción contra un ciudadano por violación de preceptos constitucionales debe ser emanada de un tribunal judicial y no de una entidad o persona en específico. Esta decisión es una violación al derecho constitucional de la libre expresión y difusión del pensamiento.
Es harto conocido que el Sr. Matos Berrido tiene antecedentes en este sentido, es decir, tiene una práctica de propensión a la drasticidad en sus decisiones. Todos conocemos la expulsión de por vida de que fue objeto el entonces presidente del Licey, Domingo Ernesto (Monchín) Pichardo en 1992 y lo ocurrido recientemente con José Offerman, no obstante dichas sanciones no han encontrado quien le haya puesto un techo jurídico a las mismas.
Usted, amigo lector, podrá o no estar de acuerdo con el estilo narrativo del Rubio Blondie, no obstante, entendemos que el mismo no atenta contra la moral, la ética y las buenas costumbres. También somos de opinión que debe tenerse en cuenta que en materia deportiva hay que ser celosamente cuidadoso en cuanto a la forma en que se dicen las cosas, pues este tipo de actividades deben ser ejemplos de moral para los jóvenes amantes de este pasatiempo nacional.
Desde esta humilde tribuna solicitamos al doctor Matos Berrido reconsiderar la decisión tomada contra el popular narrador deportivo, no solo por lo que se deriva de un hecho como este, si no también por el precedente negativo que pudiera dar con respecto al trabajo profesional de todos los que estamos inmersos en este fascinante pasatiempo nacional.