La Corte de Apelación de La Vega declaró este martes inadmisible el recurso de amparo interpuesto por la Barrick Gold, que pretendía despojar de sus terrenos al señor Miguel de Peña y al pago de medio millón de pesos diarios por los daños a la propiedad privada.
Los jueces que tuvieron bajo su cargo la revisión de la sentencia y que rechazaron el recurso de amparo interpuesto por la empresa minera, fueron el doctor Francisco Jerez Mena, juez presidente; Mario Nelson Mario Torres, juez subtitulo del presidente y el doctor Osvaldo José Aquino.
El pasado el 16 de febrero, el tribunal de Cotuí dictó la primera sentencia que obligaba a la empresa minera Barrick Gold, permitirle el derecho de entrada y salida al señor Miguel de Peña a sus terrenos y al pago de medio millón de pesos diarios por los daños a la propiedad.
Los abogados demandantes José Daniel Rosario, Robledo Antonio Marte Enrique López y Alberto de Peña, manifestaron su confianza de que el recuso interpuesto por la Barrick Gold no iba a proceder.
Los juristas Luís Miguel Rivas, Alberto Fiallo y Juan Manuel Pellerano no ofrecieron declaración respeto a la sentencia de inadmisible sobre el recurso de amparo interpuesto por la Barrick Gold.
El magistrado Ramón Emilio Peña Pérez fue el juez que dictó la primera condena que obliga a la Barrick Gold a no obstruir la entra y salida al señor Miguel de Peña a su propiedad lo cual aún no han cumplido.