El estado de derecho es cuando el poder y la actividad están regulados por la ley; la autoridad se deriva de la voluntad general del pueblo. Sus características concretas de Estado de Derecho son:
1.-El imperio de la Ley: La ley como expresión de la voluntad general del pueblo.
2.-Separación de los Poderes del Estado: Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Ninguna de estas tres ramas pesa más ni influencia a las otras. Hay equilibrio de poderes.
3.-Legalidad de la administración. Esta actúa de acuerdo con las regulaciones legales y está sujeta al control judicial.
4.-Derechos y libertades fundamentales. La autoridad estatal respeta el ejercicio de las garantías constitucionales por parte de los ciudadanos y lo garantiza poniendo la maquinaria estatal al servicio de quienes se sienten lesionados en sus derechos civiles y políticos.
La sociedad primitiva está controlada por el más fuerte, diríamos la fuerza bruta; o sea la ley del garrote. Es la ley natural del dominio del fuerte apabullando al débil. Lo que tienen ley no la cumplen. No existe el contrato social.
Hago esta pregunta que la contestación son los hechos y los dominicanos estamos observando. ¿Vive la sociedad dominicana en el Estado de Derecho o en una Sociedad Primitiva? ¿Cuántas leyes no se cumplen? La Constitución los primeros que la violan son los legisladores con el funesto barrilito que borra el artículo146 proscripción de la corrupción. Esta violación merece un repudio diario. ¡Que mal vamos!
La única ley de las que no se cumplen, que hoy el pueblo reclama es la que otorga el 4% del PIB a la educación. Los reclamos son más que justos, están amparados por la voluntad del pueblo que está en la ley.
Los legisladores del PLD que están de acuerdo que se cumpla la ley fueron al Poder Ejecutivo. Esto me recuerda: poder frena poder. Esta expresión es del filósofo y político francés Carlos Secondat (1689-1755), mejor conocido como el Baron de Montesquieu. Quien con estas tres palabras opina que en la institución estatal debe existir un equilibrio de poder, de manera que haya control reciproco entre los que tienen a su cargo las funciones estatales.
El escrito más enjundioso que leí dos veces en la Biblioteca de Cannes, Francia, en el 1953, es El espíritu de las leyes de Montesquieu (1748). Me atrajo lo mucho de filosofía con temas sociológicos, legales y políticos que demuestran la naturaleza relativa de la moral y la de la ley.
Montesquieu es inclinado a la separación de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial en el gobierno. Sus conceptos son de gran aporte para el desarrollo de la democracia y muy fundamental en muchas constituciones.
En la política dominicana es costumbre poder frena poder. Acción muy dañina a la debilucha democracia. La vida nos ha enseñado que las malas acciones, los pueblos la repudian, y como dicen; se la cobran.
No han valido las demostraciones de reclamos. Está ordenado poder frena poder. Se aprobará el presupuesto sin el 4% del PIB para la educación. Estoy convencido que nunca se alcanza el respeto absoluto, inviolable a través de la negación.
En el 1986 estuve en Taiwán. Obedecí a las inquietudes leyendo pinceladas del Gran Maestro Confucio. Y aprendí: la virtud más sobresaliente de los hombres meridionales es la paciencia para educar a sus semejantes y su comprensión ante los necios que rechazan la razón. Esta es la virtud esencial del sabio.
El autor es vicealmirante de la marina de Guerra