Constructores y promotores de viviendas advirtieron este martes que el aumento de 200% en arbitrios, tasas y servicios del Ayuntamiento del Distrito Nacional (ADN) impactará de manera directa en el costo final de la construcción.
Jaime González, presidente de la Asociación Dominicana de Constructores y Promotores de Viviendas (ACOPROVI), agregó que el aumento constituye una doble tributación con relación a otros impuestos establecidos por las leyes nacionales.
Anunció que contrató a expertos legales para proceder en los tribunales contra las medidas aprobadas y anunciadas por las autoridades municipales.
González explicó que las ordenanzas e informaciones aprobados por el ADN son inconstitucionales, debido a que chocan con impuestos existentes de carácter general contenidos en diferentes legislaciones.
Sostuvo que el “Informe Sobre Arbitrios por Uso y Mantenimiento de Suelo (Predial)”, aprobado como una ordenanza del cabildo de la capital, en su artículo 3 dispone establecer una tarifa de 2 mil pesos del valor de la propiedad incluyendo el terreno.
Precisó que esa nueva tarifa constituye una doble tributación, ya que reproduce el IPI (impuesto aplicado a las viviendas), y no discrimina la capacidad económica del propietario del inmueble de una vivienda, comercio, industria o solar baldío.
Asegura que el referido informe aprobado como ordenanza viola los artículos 117 y siguientes de la Ley No. 108-04 de Registro Inmobiliario, al disponer en su artículo 5 que “la Oficina de Registro de Títulos del Distrito Nacional adscrita a la Jurisdicción Inmobiliaria, deberá verificar el pago de este arbitrio, previo al traspaso de la propiedad inmobiliaria, inscripción de hipoteca o el registro de cualquier derecho, requisito sin el cual no podrá hacerse ningún registro o inscripción en lo que respecta a los inmuebles registrado en el Distrito Nacional”.
Agregó que en contradicción con la referida ordenanza, el artículo 117 de la Ley No. 108-04 de Registro Inmobiliario, dispone que la Suprema Corte de Justicia establecerá las tasas por servicio que preste la jurisdicción Inmobiliaria y éstas serán fijadas por la reglamentaria.
Señala que también la Constitución, en el artículo 93, numeral 1, letra A, establece el modo de recaudación e inversión de los impuestos o contribuciones generales, dándole esta facultad al Congreso Nacional.
Indica que el Ayuntamiento del Distrito Nacional modificó de manera total la Ley 657, sobre Urbanización, Ornato Publico y Construcciones, así como también la Ley No.6232, que crea la Dirección de Planeamiento Urbano, y a la vez interpreta de manera errada y desatinada la Ley 176/07, que rige a los ayuntamientos, atribuyéndose una facultad que no tiene.
González afirmó que ACOPROVI se siente sorprendida por las diferentes Resoluciones y Ordenanzas aprobadas por el Ayuntamiento del Distrito Nacional, justamente cuando el año que recién acaba, el sector de la construcción y la promoción de la vivienda, sufrió una de la crisis más grandes de los últimos tiempos, con una caída de más de un 30% en las ventas con relación a las expectativas esperadas, así como aumentos en materiales de construcción y la mano de obra.
“Esta Asociación, califica dichas resoluciones como dañinas, y la vez contradictorias, ya que mientras el Gobierno promueve acciones tendentes a disminuir los gravámenes existentes en el sector de la construcción, además de proponer soluciones para disminuir el plazo para el otorgamiento de los permisos, y exenciones de impuestos y arbitrios para los hombres y mujeres trabajadores del país, el Ayuntamiento del Distrito Nacional pierde de vista esta realidad y trata de imponer mediante la aprobación de nuevos impuestos y gravamen, un aumento en el costo de la construcción de las viviendas económicas”, dijo.
ACOPROVI, entidad que agrupa más de 300 empresas miembros, está comprometida con el país en la búsqueda de soluciones en el área de la construcción, procurando el beneficio de todos los sectores que la integran a favor del desarrollo de la nación.