Con 143 votos a favor y en dos lecturas consecutivas fue aprobado por la Cámara de Diputados, tras realizar cambios de forma y fondo, el proyecto de Modificación a la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), razón por la cual deberá volver al Senado.
Dentro de las modificaciones está la eliminación del párrafo del artículo 15 que otorgaba a los miembros del CNM la facultad de postular candidatos tanto a la Suprema Corte de Justicia, al Tribunal Constitucional o al Superior Electoral.
De igual forma se estableció que sea obligatorio que las sesiones del CNM sean públicas. Asimismo, se eliminó el artículo 22 que constituía conforme a los artículos 16, 17 y 18 de la ley, uno o más miembros del CNM sea nominados para la SCJ, el TC o el TSE, tanto el quórum como la mayoría necesaria para elección en esa votación se reducirán la cantidad de miembros nominados.
También se le anexó a la ley una disposición transitoria que establece que los primeros trece magistrados del Tribunal Constitucional se sustituirán en tres grupos: cuatro magistrados en el año 2016, otros cuatro en el año 2019 y los cinco restantes en el año 2022.
Aclara que los primeros cuatro jueces salientes, por excepción, podrán ser considerados para un único nuevo período.
Al instante de la designación, el Consejo dirá a cuál grupo pertenece cada nuevo miembro, luego de una selección aleatoria, tal como lo establece la disposición décimo primera de la Constitución.
De la misma forma se fijaron los cambios a la ley para la evaluación de desempeño de los jueces de la Suprema Corte de Justicia que será realizada por el CNM cada siete años, lo cual el organismo dictará un reglamento especial.
Inicialmente, la sesión de este martes era para conocer todo lo relativo al Tribunal Constitucional, pero no fue incluido porque todavía los diputados no han llegado a un acuerdo en torno a la edad de los integrantes de esa institución.