El Superintendente de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril), Fernando Caamaño, llamó a los directores de hospitales del sector público a instituir los mecanismos de facturación y cobro de servicios prestados en emergencias, que les facilita la resolución 165-09, de esa entidad.
Caamaño hizo la exhortación a propósito de las declaraciones del ministro de Salud Pública, en las que sostiene que las ARS no pagan a los centros públicos que dan servicios de emergencia a pacientes que tienen seguros privados, a pesar de lo estipulado en la referida resolución.
“Debemos estar conscientes de que solo cuando esos centros se apropien e implementen todo el contenido de dicha resolución, tendremos el necesario y justo financiamiento que merecen nuestros establecimientos públicos de salud”, enfatizó el funcionario.
Indicó que la debida instauración de los mecanismos de reporte, registro, facturación y cobro es lo que viabilizará el cumplimiento de las normativas, ya que quien no justifica, ni documenta un cobro, no recibe un pago.
Dijo que la resolución 165-09 fue emitida por la Sisaril dentro del fundamento de las garantías que ofrece la Ley General de Salud, en el sentido de que toda persona tiene derecho a la atención de emergencia en cualquier establecimiento del Sistema Nacional de Salud.
Explicó que la citada resolución, dictada el 6 de abril de 2009, ordena a las ARS y a la Arlss a pagar los servicios de emergencia brindados a los afiliados del Régimen Contributivo del SFS en cualquier Proveedora de Servicios de Salud (PSS), pública o privada, formen o no parte de su red de prestadores.
