Adocco acusa a presidente SCJ transgredir Constitución

La Alianza Dominicana Contra la Corrupción(Adocco), acusó este lunes al presidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Mariano Germán Mejía, de transgredir la Carta Magna de la República y la Ley Orgánica del alto tribunal, al designar al juez Fran Euclides Soto Sánchez para conocer de la admisibilidad de la querella con Constitución en actor civil, por la violación de los artículos 29 y 33 de la Ley número 6132, de Expresión y Difusión del Pensamiento, presentada ante el pleno, contra el exministro de Obras Publicas Víctor Díaz Rúa.

Adocco explicó que el día 29 de febrero del 2012 del presenta año fue declarada inaceptable la querella; pero, que mediante la resolución número 3797-2012 del 14 de agosto del 2012, fue evacuada por el magistrado Fran Euclides Soto Sánchez, apoderado por el presidente de SCJ, el día 13 de julio del 2012, a través del Auto número 39-2012, para conocer de la admisibilidad de la acusación penal privada, cuando debió ser el pleno que conociera.

La entidad de la sociedad civil señaló que el artículo 154, numeral uno de la Constitución, le otorga competencia al pleno de la Suprema Corte de Justicia, con carácter de exclusividad, para juzgar en única instancia las causas penales seguidas al presidente; vicepresidente; diputados; senadores; jueces de las altas cortes; miembros del cuerpo diplomático y los ministros.

No obstante, precisó que el imputado Víctor Díaz Rúa, a la sazón de ministro de Obras Públicas y Comunicaciones, según el Decreto número293-2008, del 16 de agosto del 2008, del entonces Presidente de la República Leonel Fernández, por lo que le corresponde al pleno de este alto tribunal conocer y decidir de la querella presentada contra el atribuido.

La organización civil destacó, además, que el artículo 17 de la Ley Orgánica de la Suprema Corte de Justicia número 25-91, le reconoce a su Presidente la facultad de cursar los expedientes recibidos a través de secretaría, señalando expresamente que es su deber, en materia penal, dictar auto de apoderamiento del pleno o de la Cámara, según corresponda.

También prevé que el presidente de la SCJ fijará las audiencias tanto en materia civil como en la penal en los casos que sean de la competencia de esa institución en pleno.

Adocco solicitó al alto tribunal imponer como medida cautelar al acusado Víctor Díaz Rúa, la medida de coerción real consistente en el Embargo Conservatorio de todos sus bienes muebles e inmuebles por el valor del duplo de la suma perseguida como indemnización, que es RD$300 millones de pesos.

Igualmente, pidió que se imponga acta que autorice el embargo conservatorio de todos los bienes muebles e inmuebles del acusado RD$ 600 millones, a fin de asegurar la efectividad del cumplimiento de una posible condena.

En cuanto al aspecto penal, la entidad requiere declarar culpable a Víctor Díaz Rúa por violar el artículo 29 de la Ley 6132, de fecha 15 de diciembre del 1962, de Expresión y Difusión del Pensamiento, que prevé el delito de difamación, así como el artículo 44, de la Constitución de la República, por vía de consecuencia imponer al imputado conforme a la código de la materia, cumplir seis meses de prisión correccional y al pago de una multa de RD$100 millones por la comisión del delito de calumnia.

La presentación de la acusación formal contra Díaz Rúa por parte de la organización anticorrupción estuvo a cargo de Julio Cesar De la Rosa Tiburcio, coordinador general, Rigoberto Rosario, organizador legal y Yuscil Chez, coordinadora ejecutiva.

Se recuerda que Adocco sometió al exministro de Obras Públicas y comunicaciones (MOPC), ingeniero Víctor Díaz Rúa, por referirse en términos difamatorios, mientras participaba en el programa “El Gobierno de la Mañana”, el día 15 de febrero del presente año, por las reiteradas denuncias de irregularidades en la adjudicación de obras entre las que se encuentran: Corredor Duarte que comprende las construcciones de pasos a desnivel, elevados y túneles en la provincia Santo Domingo y el Distrito Nacional y la Autovía del Coral en las provincias La Romana y La Altagracia.

También en la carretera Bávaro – Uvero Alto – Miches – Sabana de la Mar y la terminal Portuaria de Sabana de la Mar, esta ultima denunciadas ante el órgano rector de las compras y las contrataciones públicas, la Dirección de Contrataciones Públicas, en violación a los principios de la Ley 340-06, sobre Compras y Contrataciones Públicas.

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