El acuerdo de extradición firmado en 1909 entre los gobiernos de República Dominicana (RD), y Estados Unidos (EE.UU), vigente hasta la fecha, se ha venido aplicando a través de los años de manera muy desigual, al punto de que en los procesos se cometen violaciones a la Constitución y una serie de vicios administrativos y judiciales en perjuicio de esta nación caribeña.
La diferencia entre las partes ha alcanzado un nivel tan notorio que el doctor César Pina Toribio, cuando se desempeñaba como consultor jurídico del Poder Ejecutivo, sugirió que el tratado debía ser revisado, con la finalidad de esclarecer el límite de la pena que se le puede imponer a un recluso dominicano juzgado en territorio norteamericano.
El funcionario explicó que sólo por consideraciones humanitarias, la justicia norteamericana exime de la pena de muerte a los dominicanos en su territorio.
La Constitución dominicana establece la inviolabilidad de la vida y religiosamente se coloca en todos los decretos que autorizan la entrega de personas acusadas de cometer crímenes y delitos en Estados Unidos.
Empero, Pina Toribio explicó que tanto la cadena perpetua, como otras sanciones penales, pueden ser impuestas por los jueces, según lo establezca la legislación local.
De este modo, los acusados de asesinatos, violaciones, abortos, trata de personas con menores de 12 años, tráfico de drogas, robos con violencia, falsificaciones de actos oficiales, peculados y secuestros, entre otros delitos, podrían quedarse en prisión desde uno hasta 100 años.
Aunque la Ley sobre Extradición establece que la pena que se le puede imponer a un dominicano no podrá exceder nunca el máximo que se aplica en el país, o sea, 30 años de reclusión mayor; una modificación introducida por el Congreso Nacional el 29 de julio de 1998, dejó abierta la posibilidad de que el tiempo de la condena sea infinito.
El recurso utilizado fue la introducción del artículo 35, cuyo texto reza: «En caso de contradicción de la presente ley con los tratados de extradición vigentes convenidos entre el Estado Dominicano y otros Estados, prevalecerán los tratados».
Por encima de cualquier acuerdo internacional, las autoridades norteamericanas suelen valerse con métodos “extrajudiciales”, para lograr sus objetivos con los extraditados, con quienes negocian bajar el castigo si “colaboran” denunciando a socios de actividades ilícitas u autoridades corruptas de los países de donde son trasladados.
Consultado sobre el particular, el abogado Manny Sierra explicó que EE.UU siempre logra la extradición a su territorio de los dominicanos, principalmente acusados de traficar con drogas en su territorio; sin embargo, no corren la misma suerte las personas solicitadas por las autoridades dominicanas a esa nación para ser juzgadas por cometer actos reñidos por las leyes en esta nación.
El jurista considera que en el país debería haber un tribunal especial para conocer los casos de ciudadanos solicitados en extradición por EE.UU, ya que, en violación a la Constitución, los casos se conocen en única instancia en la Suprema Corte de Justicia (SCJ), tribunal de alzada reservado a personas con jurisdicción privilegiada.
Lamentó que las solicitudes de extradición las hace EE.UU de manera administrativa, las cuales de inmediato las autoridades dominicanas las judicializan en la SCJ, sin darle la oportunidad al imputado a recurrir la petición.
Entre las personas solicitadas por EE.UU en extradición a las autoridades dominicanas, se encuentran los casos referentes al puertorriqueño José David Figueroa Agosto (Junior Cápsula), los dominicanos Quirino Ernesto Paulino (El Don), Ramón Antonio del Rosario Puente (Toño Leña), Ernesto Bienvenido Guevara Díaz, (Maconi), y el general retirado Francisco Antonio Hiraldo Guerrero, exjefe de Operaciones de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD).
Previo a ese grupo habían sido reclamados para responder ante la justicia norteamericana los criollos José Simé Reyes, Belarminio Díaz y Díaz (alias Freddy Kruger), y Máximo Reyes.
Tras permanecer en República Dominicana operando durante diez años, el cabecilla de la red de tráfico de drogas y lavado de activos, Figueroa Agosto Salió del país en una lancha rápida burlando a las autoridades y no fue hasta mediados de julio del 2010, cuando resultó atrapado en Puerto Rico. Actualmente guarda prisión en una cárcel norteamericana de alta seguridad.
Bienes de extraditados
El jurista Manny Sierra, de igual forma, dijo que los bienes incautados a los extraditables se manejan en el país: “manga por hombro”.
Recordó que en la mayoría de las ocasiones las autoridades dominicanas incautan a las personas solicitadas en extradición por EE.UU, más bienes de lo que se le pide, los cuales suelen “perderse” en el camino. Es decir, que la población desconoce su destino final, sin que nadie responda por ello, debido a que la sustracción la hace el Estado dominicano, que de acuerdo a la Constitución, es indemandable.
De los extraditados antes mencionados sólo a Quirino Ernesto Paulino (El Don), se le confiscaron propiedades ascendentes a más de RD$2,000 millones, según confirmó el entonces fiscal del Distrito Nacional José Hernández Peguero. Dentro de los patrimonios se encontraban siete apartamentos en la capital dominicana, una estación de venta de combustibles, ubicada en el Distrito Nacional, una hacienda en San Juan de la Maguana, dos solares, cuatro residencias, un Pent-house, un almacén, muebles utilizados para las actividades de narcotráfico y lavado de activos.
Este martes, la reclusa Sobeida Félix Morel, condenada a 5 años de cárcel, tras haber sido hallada culpable de lavado de activos y sus vínculos con el capo boricua José David Figueroa Agosto, solicitó su libertad condicional al juez de Ejecución de la Pena de San Cristóbal.
La amante del capo boricua basó su pedimento en que cumplió la mitad de la pena, mantuvo buen comportamiento y que ha realizado varios cursos de capacitación en la cárcel de Najayo. El juez José Ignacio Medrano Kelly fijó la audiencia para el miércoles 26 de este mes, a las 9:00 de la mañana.
Mientras se espera la sentencia sobre el recurso elevado por Félix Morel, la población dominicana sigue preguntándose hacia dónde van las altas sumas de dólares y pesos, la gran cantidad de bienes inmuebles que las autoridades confiscan a los dominicanos pedidos en extradición por Estados Unidos, recursos que serían muy factibles para construir escuelas, hospitales, viviendas para familias pobres y otra necesidades perentorias.
Extradición RD-EE.UU: un acuerdo muy desigual
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