Participación Ciudadana consideró este jueves que la sentencia del Tribunal Constitucional número TC/0168/13, en la que decide el recurso de revisión incoado por la señora Juliana Deguis Pierre, viola varias disposiciones de la Constitución y de su propia Ley Orgánica, sin aportar una solución a los problemas migratorios que afectan las relaciones de Haití y República Dominicana.
Previa a esta declaración, se conoció la sentencia del Tribunal Constitucional dominicano que niega la nacionalidad a los hijos de extranjeros indocumentados nacidos en el país, lo que afecta sobre todo a descendientes de haitianos.
La coordinadora de PC, Rosalía Sosa, explicó que el Estado tiene el derecho soberano a instaurar reglas para el otorgamiento de la nacionalidad; sin embargo, una vez establecidas todos los Estados deben aplicarlas sin discriminación.
Sostuvo que la sentencia despoja de la nacionalidad dominicana a la señora Deguis, y aún el tribunal reconociendo que este tipo de decisión corresponde a un tribunal distinto, toma la decisión sobre el fondo de dicho caso, al declarar que la recurrente no reúne las condiciones para adquirir la nacionalidad dominicana.
Dijo que debido a esa situación PC hace un llamado al TC a reconsiderar su posición y acogerse a lo que establece la Constitución del 2010, en su artículo 18 numeral 2, en el cual indica que son dominicanos “quienes gocen de la nacionalidad dominicana antes de la entrada en vigencia de esta Constitución”.
