CIDH insta RD respetar derecho nacionalidad a nacidos aquí

Washington.-  La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH),  llamó este martes al Estado dominicano a respetar el derecho de toda persona a una nacionalidad y adoptar las medidas necesarias a fin de  garantizar que no se prive arbitrariamente del derecho a ninguna persona.
 
Asimismo, que no se implementen medidas que generen casos de apatridia, tal como es el fallo del Tribunal Constitucional,  que modificó retroactivamente la normativa vigente en el país desde 1929 hasta 2010, lo cual despojaría de la nacionalidad dominicana a decenas de miles de personas nacidas en el país.
 
La CIDH citó el caso de Juliana Deguis Pierre, de padres haitianos, y registrada como dominicana al nacer, pero el Tribunal Constitucional decidió que no cumple con los requisitos para ser registrada como dominicana.
 
Recordó que  el TC instruyó a las autoridades a realizar una auditoría de los registros de nacimientos desde el 21 de junio de 1929 hasta la fecha, a fin de identificar casos similares y despojar también a estas personas de su nacionalidad dominicana.
 
Indicó que esta decisión del Tribunal Constitucional va en sentido contrario a todos los pronunciamientos de la CIDH y viola las obligaciones internacionales del Estado en materia de derechos humanos.
 
La decisión del Tribunal Constitucional también es contraria a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) en el caso Yean y Bosico, que estableció que «el estatus migratorio de una persona no se trasmite a sus hijos, y la condición del nacimiento en el territorio del Estado es la única a ser demostrada para la adquisición de la nacionalidad, en lo que se refiere a personas que no tendrían derecho a otra nacionalidad, si no adquieren la del Estado donde nacieron.»
 
Asimismo, el fallo del  TC pone en entredicho la voluntad del Estado de atender sus compromisos internacionales y los llamados de los órganos regionales e internacionales.
 
 
La CIDH  recordó  que la afectación desproporcionada de una actuación estatal en perjuicio de un grupo específico, constituye una forma de discriminación violatoria de las obligaciones internacionales del Estado, por lo cual la sentencia del Tribunal Constitucional podría ser contraria al derecho a la igualdad y a la no discriminación.
 
Adicionalmente, la CIDH observa que, según una encuesta realizada en 2012, en República Dominicana, habitan 244, 151 personas nacidas en el país de padre y/o madre de origen extranjero, de los cuales 209, 912 son hijos e hijas de personas de origen haitiano.

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