El profesor Román Jáquez Liranzo, decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Católica Santo Domingo (UCSD), propuso que las Juntas Electorales Municipales sean divididas en cámaras administrativa y contenciosa, a los fines de que se manejen de forma independiente.
Consideró que en la actualidad los mismos miembros de las Juntas Electorales desempeñan ambas funciones, lo cual entra en contradicción con la separación de funciones y la autonomía funcional que deben tener como órgano del sistema electoral.
Estimó que las Juntas Electorales tienen, por mandato constitucional, funciones administrativas y contenciosas, pero eso no significa que las mismas personas desempeñen labores en ambos aspectos a la vez.
Indicó que actualmente, funcionan, tal y como lo hacía la Junta Central Electoral (JCE), antes de la derogada ley 02-03. “Los integrantes de las Juntas Electorales tienen una doble vestimenta: la de miembros administrativos, organizando el proceso electoral en el DN y los municipios, dependientes de la JCE; y la de jueces cuando funcionan como tribunal de primer grado electoral, cuyas decisiones son recurribles en el TSE. O sea, son juez y parte en el proceso electoral, lo cual no debe sé», agregó.
Otra debilidad indicada es que para ser integrante de una Junta Electoral no se requiere, necesariamente, ser abogado o abogada. Los ciudadanos que las conforman son de reconocida solvencia moral, pero, algunos, sin la acreditación profesional en las Ciencias Jurídicas y mucho menos en lo judicial, lo cual ha provocado que muchas de sus decisiones, en ocasión de las pasadas elecciones, no estén bien fundamentadas como lo demuestran varias sentencias del Tribunal Superior Electoral.
Jáquez Liranzo consideró que a propósito de la reforma electoral que se avecina, las Juntas Electorales deben ser divididas en Cámaras. «Una administrativa, integrada por 3 miembros (no necesariamente abogados) y un suplente cada uno, designada por la JCE; y otra Contenciosa, conformada por 3 jueces (obligatoriamente abogados) y un suplente cada uno, nombrada por el TSE.
En cuanto a la cantidad de integrantes en la Junta Electoral del Distrito Nacional, cada cámara, estaría conformada por 5 miembros y jueces, respectivamente, y un suplente cada uno. De la misma forma, cada cámara o sala estaría conformada por un secretario o Secretaria».
Apuntó que la propuesta estaría cónsona con la separación funcional que exhiben la JCE y el TSE, y daría garantías de un tribunal de primer grado electoral conformado por jueces naturales, con base jurídica; y que haría falta la acreditación académica de los mismos, por lo que también propone la creación de la Escuela de Formación Contencioso Electoral que estaría dirigida por el TSE.
