Así, considera que el 9 de agosto de ese mismo año Alonso, asesorado de forma “efectiva” por Zaldúa, suscribió un contrato por el que simulaba la cesión de la explotación de sus derechos de imagen a la sociedad Kardzali ubicada en Madeira y cuyo administrador era Maestre.Dicha mercantil, en la que Maestre ocupaba también desde el 16 de abril el cargo de gerente, pertenecía a una sociedad residente en Panamá de la que Alonso era el titular del cien por cien de las participaciones sociales desde el 16 de diciembre de 2009.Para la Fiscalía, la “aparente” cesión de los derechos de imagen se realizó cuando el exfutbolista gozaba de su condición de “no residente” en España, “si bien mantuvo dicha estructura formal” durante los años siguientes y, “al menos hasta 2012”, teniendo durante ese tiempo la condición de residente fiscal español.
Entre 2009 y 2012 Alonso, según la Fiscalía, explotó su imagen a distintas empresas que le contrataban con la ayuda de los otros dos acusados sin hacer “uso real” de la sociedad que se encontraba en Madeira “convirtiendo dicha entidad en un mero instrumento formal de ingresos y pagos que no desarrolló función alguna en la explotación de la imagen del acusado”.
De este modo, Kardazli Comercio Serviços de Consultoría e Investimentos LDA. percibió entre los ejercicios 2010-2012 un rendimiento de actividades económicas “aparentemente” derivado de la explotación de los derechos de imagen de Alonso de2.083.400 euros que debieron integrarse en la base imponible del IRPF de los ejercicios correspondientes.