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Revolución democrática institucional 

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Con el triunfo obtenido en las elecciones congresuales o de medio término de 2006, el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), por vez primera, alcanzó mayoría, tanto en el Senado como en la Cámara de Diputados.

Eso nos permitió, en aquel instante, sostener que como resultado de esos comicios, se había producido en la República Dominicana un reencuentro con la historia, la cual había sido interrumpida, abruptamente, en septiembre de 1963, con el golpe de Estado al gobierno del profesor Juan Bosch.

Añadíamos, en aquellos momentos, que con ese triunfo electoral, el boschismo, como expresión política, había pasado a ser nuevamente la corriente de pensamiento dominante en el espectro político nacional.

Al ocurrir esto así, proclamamos que lo que procedía hacer, en lo inmediato, era realizar una revolución democrática institucional. Esa revolución consistiría en promover la reforma y modernización del Estado dominicano, así como la ejecución de una reforma política para que el país pudiese consolidarse como un Estado social y democrático de Derecho.

Dentro de esa revolución democrática institucional, ocupaba un lugar prioritario en la agenda, la elaboración de un proyecto de reforma constitucional integral.

Desde los años 90, siguiendo una corriente que se extendía por diversos países de América Latina, como consecuencia de la transición de regímenes autoritarios hacia regímenes democráticos, se planteaba en nuestro país la necesidad de una reforma constitucional.

Desafortunadamente, la reforma que se ejecutó, en 1994, no fue resultado de un gran debate nacional o de un diseño concebido por un grupo de especialistas en la materia, sino que resultó de la crisis post electoral suscitada entre los principales partidos contendientes en esa ocasión: el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) y el Partido Revolucionario Dominicano (PRD).

REFORMA CONSTITUCIONAL

La reforma constitucional de 1994, al acortar en dos años el periodo presidencial correspondiente al cuatrienio que culminaba en el 1998, separó las elecciones presidenciales de las congresuales y municipales, que aún se mantiene, aunque no como elecciones de medio término.

Ese texto constitucional creó el Consejo Nacional de la Magistratura, en virtud del cual un órgano colegiado integrado por representantes de los tres poderes del Estado, seleccionaba a los jueces miembros de los más altos tribunales del país.

Pero, como se trató de una reforma a nuestra Carta Magna, en el contexto de una crisis política, permaneció con muchas lagunas, inconsistencias; y hasta sin un preámbulo, que es donde se exponen los valores y principios que caracteriza a todas las constituciones modernas.

El debate, por consiguiente, sobre la necesidad de una verdadera e integral reforma a nuestra Carta Sustantiva continuó; y el entusiasmo era tal, que llegaron a suscitarse apasionadas y ardorosas polémicas sobre si debía ser sobre la base de una Asamblea Constituyente o una Asamblea Nacional Revisora.

De esa manera, en el 2001, mediante decreto presidencial, se creó una comisión, bajo las directrices de la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM), e integrada por diversos sectores de la vida nacional, a los fines de realizar la referida reforma.

La comisión rindió un informe en el 2002. Sin embargo, en lugar de acogerse a sus recomendaciones, el gobierno de turno procedió a someter su propia reforma, que consistió, única y exclusivamente, en crear las condiciones para la reelección presidencial.

Ante la frustración creada por esa mostrenca reforma del 2002, las condiciones estaban dadas para que a partir del triunfo peledeista en las elecciones congresuales de 2006, se iniciase un auténtico y genuino diálogo nacional, a los fines de aportar ideas y propuestas a la tan anhelada nueva Constitución de la República Dominicana.

Así se hizo. A partir de febrero de 2007, en el alma máter de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), se lanzó la convocatoria general para una consulta popular a los partidos políticos, sectores empresariales, organizaciones cívicas, instituciones religiosas, organizaciones de la sociedad civil, grupos gremiales, centros académicos; y sociedad en general, con el objetivo de contribuir al diseño de una nueva arquitectura constitucional.

Durante dos años, el país se vio envuelto, como nunca antes en su historia, en una verdadera cruzada nacional de debates, reflexiones e intercambios. Al final, debido a esa memorable jornada de participación popular en la configuración de su propio destino, la democracia dominicana experimentó una mutación: de una democracia delegada, o representativa, pasó a convertirse en una democracia participativa.

REFORMA POLÍTICA

La reforma constitucional iniciada a través de una consulta popular, para generar un consenso en toda la sociedad, fue proclamada el 26 de enero de 2010, en el 197 aniversario del natalicio del padre de la patria, Juan Pablo Duarte.

Esa reforma constitucional, como hemos dicho, era parte un proyecto más amplio de reforma política, que serviría para la promoción de la revolución democrática institucional.

Esa reforma política incluía una reforma administrativa y financiera del Estado, con la promulgación de una nueva ley de contraloría; de tesorería; y de presupuesto. De igual manera, la creación del Ministerio de Hacienda, el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo; y el Ministerio de Administración Pública.

La reforma, además, incluiría la ley de partidos; la ley electoral; la ley de función pública; un código de la comunicación; y un código de la cultura, que incluirían las leyes sobre cine; el audiovisual; el internet y las redes sociales; así como todo lo relativo al diseño y aplicación de las políticas culturales.

Algunos de estos proyectos aun están pendientes de realizarse. Sin embargo, su mera concepción ponen en evidencia que había, desde aquellos tiempos, una clara visión acerca de la importancia de la dimensión institucional para el desarrollo nacional.

La revolución democrática institucional, a la que aspirábamos, con el triunfo electoral peledeista del 2006, que se reencontraba con el proceso histórico interrumpido en el 1963, tenía como meta esencial la elaboración de la Constitución dominicana del siglo XXI.

En los países que disfrutan de un Estado democrático consolidado, la Constitución suele disponer de estabilidad y permanencia. No se modifica constantemente. No está sujeta a los intereses particulares de una coyuntura electoral. La Constitución, como norma sustantiva del Estado, suele gozar de cierta perdurabilidad.

En España, luego de la transición democrática, post-franquista, se proclamó una nueva Carta Magna en 1978. Han transcurrido 41 años, y en ese país ibérico a nadie se le ha ocurrido modificarla. Lo mismo ha sucedido en los países latinoamericanos que se incorporaron a la ola neo-constitucionalista de los años 90: Colombia, Chile, Uruguay, Argentina.

Ni qué hablar del caso de los Estados Unidos. En ese país, la Constitución, elaborada hace más de 200 años, no ha sido modificada nunca. Se le añaden, cada cierto tiempo, enmiendas, pero no se toca su contenido original.

Nuestra Constitución del 2010, por el contrario, fue modificada cinco años después, en el 2015, con la finalidad de facilitar la reelección presidencial y ahora, cuatro años más tarde, en el 2019, se pretende repetir la operación.

Eso, por supuesto, representa un retroceso con respecto a la ilusión creada con el triunfo electoral del PLD en las elecciones congresuales de 2006, de fomentar la tan anhelada revolución democrática e institucional.

Esperamos que esas ilusiones no desaparezcan, y que, por el contrario, resplandezcan siempre en la conciencia nacional.

 

 

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