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Crean comisión para compra de edificio del Gobierno dominicano en Nueva York

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El prestigioso doctor Rafael Antonio Lantigua Ciriaco, vicedecano de la Facultad de Medicina de la Universidad de Columbia y uno de los galenos más reputados del hospital Presbiteriano de NY, encabeza la comisión designada este jueves por el presidente Luis Abinader para la compra del edificio de oficinas del Gobierno en Manhattan, que incluye al congresista Adriano Espaillat.

El decreto 433-21 también incluye a Rafael José Agustín Taveras Taveras, Rodolfo Antonio Fuertes Corona, Bernardo José de Peña Arias y Ángel A. García Berroa, quienes completan la comisión.

El cónsul general Eligio Jáquez, quien le pidió al mandatario excluirlo de la comisión, había anunciado el interés del presidente de que el estado adquiriera el inmueble, promesa que se cumple con el decreto.

Fuertes, es uno los líderes más prominentes de la Asociación Nacional de Dueños de Supermercados Hispanos en Estados Unidos (NSA), Peña Arias es un arquitecto que trabaja en esa área en una agencia de la ciudad, Taveras Taveras es asesor del Poder Ejecutivo en asuntos del exterior, y de García Berroa no hubo datos disponibles sobre su desempeño en Estados Unidos.
Todos los miembros de la comisión residen en Nueva York, según confirmó un miembro del grupo.

Se presume que uno de los trabajos de la comisión es evaluar los pasos que se han dado hasta ahora para la ubicación del edificio y determinar si encajan con las necesidades estructurales para las oficinas del Gobierno.

El decreto dice en su primer considerando que “el estado dominicano, en el marco de las obligaciones constitucionales y legales que tiene para con sus ciudadanos, allende sus compromisos institucionales, tanto en el territorio nacional como en el exterior, mediante una serie de órganos y entes públicos, conforme a la ley orgánica de la administración pública y otras normas complementarias, que la ciudad de Nueva York, en el estado del mismo nombre, en el vecino país de los Estados Unidos de América, es uno de los puntos de mayor densidad poblacional de dominicanos en el exterior, por lo que en la misma operan diversas oficinas que brindan servicios a los dominicanos de la diáspora, especialmente en los asuntos consulares que desde allí se tramitan”.

Añade que actualmente el local que aloja al consulado general de la República Dominicana en la ciudad de Nueva York, tiene un costo formidable en la contratación vigente, reflejando un incremento desde $33,750.00 dólares mensuales en enero de 2004, fecha inicial de la contratación a $58,269.67 al día de hoy, costo este que se mantendrá hasta la expiración del referido acuerdo.

También agrega que desde la fecha en que se suscribió el indicado contrato hasta su expiración en septiembre de 2024, el estado dominicano habrá pagado aproximadamente US$20,000,000.00 sin que del referido monto se pueda obtener algún beneficio que no sea el uso que temporalmente se le da al inmueble, al margen de que el mismo está limitado por la estrechez y fala de espacio.

El decreto explica que el estado paga el alquiler de muchas otras oficinas para el despacho de los asuntos públicos y la atención a la ciudadanía a cargo del estado dominicano en la ciudad de Nueva York, resultando en un alto costo económico para el Gobierno el pago de la renta de cada uno de los locales que alojan tales oficinas, lo que entra en contradicción con los principios constitucionales de eficacia, economía y coordinación.

“Ante el interés del Gobierno en solucionar la situación descrita, es oportuna la adquisición de una locación en la ciudad de Nueva York para sus oficinas consulares, y que pueda alojar en ella también otras oficinas para la prestación de servicios públicos.

El decreto también autoriza al Ministerio de Relaciones Exteriores (MIREX) a hacer la compra a través de su Comité de Compras y Contrataciones, respetando siempre los principios establecidos en la ley núm. 340-06.

Autoriza a la comisión a hacer todas las gestiones legales para la adquisición del inmueble.

En el artículo 3 el decreto establece que la adquisición del edificio se hará respetando los lineamientos establecidos en la ley 340-06 sobre compras y contrataciones de bienes, servicios, obras y concesiones, y sus modificaciones, y el decreto 543-12, que establece el Reglamento de Aplicación de la ley 340-06 del 6 de septiembre de 2012.

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