Muchos jueces envían a imputados en mafias a su casa, porque los casos les llegan con pruebas muy técnicas, complejas y sobre muchas personas. Creen que las pruebas y los involucrados en un caso son la consecuencia de la creatividad del fiscal en Procuraduria y no de la dinámica delictiva que se está investigando
En fin, siempre estudian una salida para mandar a sus casas a los procesados por corrupción en este cuatrienio 2020-2024.
Jueces dicen esto: Los actos de investigación, dependiendo de su fortaleza probatoria se convertirán en elementos de convicción que podrán llegar a ser elementos probatorios si y sólo si, esos elementos de interés criminalísticos recabados relacionados de forma lógica, metódica, jurídica y suficiente, proporcionen a las partes el instrumento procesal para alegar la existencia de una conexión necesaria para probar una determinada afirmación y así acreditar o exculpar la responsabilidad penal con el sujeto activo; de lo contrario, se entenderá que el acto conclusivo o la solicitud de captura o cualquier otra medida cautelar, está inmotivado. Eso es jurisprudencia RD.
Por tanto, cuando el Tribunal Penal competente emite una orden de aprehensión, no basta una narración indiferenciada de sucesos; es absolutamente necesario que los hechos sean narrados precisando claramente su relación con los imputados, demostrando claramente cuál fue el hecho que cometieron, así como acreditar las condiciones de tiempo, modo y lugar del mismo, elementos éstos relevantes a los efectos de establecer la calificación jurídica, los grados de participación, circunstancias agravantes, grados de ejecución, la prescripción de la acción penal, así como también la competencia y jurisdicción. Ministerio Público dominicano lo sabe, sólo pide tiempo para desenredar ardid confabulado y piden paciencia al pueblo.
Apelarán llevando todo ante Sala de Casación Penal con un compás de espera hasta elecciones del 24, mientras tanto están en su casa pagando intereses del 10% de una fianza muchos imputados, esperando todo se olvide, por eso me decía mi padre Dr. Sánchez Báez EPD, el sistema judicial es lento y como a ti te gusta todo rápido estudia eco-contabilidad porque el derecho se retuerce con intereses mercuriales y tráfico de influencias que no está en códigos ni jurisprudencia ya que los elementos de convicción están conformados por las evidencias obtenidas y no por obtener, en la fase preparatoria, por cuanto es muy común ver en los diferentes actos conclusivos, ofrecimiento de pruebas a futuro, puesto que no han llegado al momento de la elaboración del escrito, y aunque la Sala realizó su avocamiento de forma precisa en cuanto a los actos del Ministerio Público, pasó inadvertido que los Jueces de Control en 1ra instancia lamentablemente, en muchos casos, admiten los escritos y dictan privaciones de libertad violentando ese sagrado derecho fundamental, sin realizar la labor contralora que tienen sobre la fase preliminar, que consiste en el control formal y material de cada acto del proceso.
Creo la Sala de Casación Penal indica que, en la acusación fiscal de Procuraduría deben confluir, los preceptos antes explicados en el que los elementos de convicción, que pasen a ser elementos de prueba, deben concatenarse entre sí, de modo que logre evaluarse claramente su coherencia, estableciéndose de modo claro, la relación entre los elementos de convicción y los hechos
Concluyo, pasen feliz navidad, ya se logró enlodar reputación de imputados de por vida a gentes de Odebrecht, pulpos, corales etc. etc. y pueblo dice y los ¿cuartos dónde están? Ah, Durmiendo debajo del colchón de imputados, ja ja. RD está compelida en mejorar régimen de consecuencia contra corrupción.