Cámara de Diputados convierte en ley proyecto régimen electoral

En medio de intensos debates encabezados por legisladores del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), la Cámara de Diputados declaró de urgencia, aprobó en dos sesiones consecutivas y convirtió en ley el proyecto de reforma a la Ley Orgánica de Régimen Electoral (Ley 15-19), sancionado en el Senado.

La iniciativa, que pasará al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación, en su segunda lectura contó con 108 votos a favor, 44 en contra y tres abstenciones.
Los bloques del PLD y PRD votaron en contra de la pieza, seguidos de los diputados Pedro Martínez (AP), José Horacio Rodríguez (OD) y Aida López (PLR) que en la segunda lectura lo hicieron a través de la abstención.

Pedro Martínez y Víctor Suárez (PLD) propusieron modificaciones al proyecto, pero fueron rechazadas por el Pleno.

Mientras, los diputados peledeístas Radhamés Camacho, Damarys Vásquez y Plutarco Pérez sometieron el informe disidente para que se modifiquen los artículos tres y 251 de la iniciativa, sobre el transfuguismo y el voto automatizado. Dicho informe contó con 46 votos a favor, 103 en contra y siete abstenciones.

En su primera lectura, la legislación contó con 109 votos a favor, 45 en contra y tres abstenciones. En tanto, el informe favorable que rindió la comisión especial contó con 109 síes, 46 noes y tres abstenciones.

Objetivo

El objeto de la ya Ley Orgánica de Régimen Electoral es regular el ejercicio del derecho de la ciudadanía de elegir y ser elegibles en el procedimiento y desarrollo del proceso electoral para la conformación del Poder Ejecutivo, el Legislativo y la elección de las autoridades municipales; así como el funcionamiento y competencia de la Junta Central Electoral (JCE) como máximo ente responsable de la organización de los comicios.

La comisión especial que trabajó el proyecto, presidida por el diputado Elías Wessin, destacó en su informe que la reforma a la Ley 15-19 procura incluir todos los errores que por décadas ha recogido la Constitución, que contribuye a fortalecer el ejercicio de los ciudadanos a elegir y ser elegibles, y “establece el procedimiento y perfeccionamiento del proceso electoral”.

Informe disidente del PLD

Los diputados del PLD, en su informe disidente, propusieron cambios en el artículo tres que trata sobre definiciones a las palabras automatización del voto, boleta electoral electrónica, escrutinio electrónico, urna electoral, urna electrónica, voto electrónico y tránsfuga; reformar el numeral cinco sobre el transfuguismo; y agregar los artículos 3.1 (efecto y consecuencia del transfuguismo) y 3.2 (voto automatizado).

En su informe, los diputados peledeístas amplían la definición de transfuguismo; incluyen a los “precandidatos” y establecen sanciones. Explican que la persona que actúe como tránsfuga en un mismo certamen electoral, no será admitida por la Junta Central Electoral por ningún otro partido, organización o movimiento político.

De igual manera, los congresistas del partido morado querían que al artículo 251 del pliego de ley, que trata sobre el procedimiento del escrutinio, le agregaran un numeral y lo pongan al pincipio.

El mismo expresa: “Llamar a los observadores de escrutinio designado por los partidos minoritarios que formen parte de un bloque de alianza con otra fuerza mayoritaria”. La legislación consensuada tiene tres numerales.

Con este informe disidente, el PLD reiteró su rechazo al proyecto de ley de régimen electoral si no se incluían estas propuestas.

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