Santo Domingo, RD. –La Dirección General de Migración podrá ejecutar procesos de deportación de personas extranjeras en situación migratoria irregular, “incluyendo pacientes o mujeres embarazadas”, siempre que se haya garantizado su estabilización médica y que no existan razones humanitarias excepcionales ni indicios de trata de personas.
Esto se aplicaría en el país de ser aprobado “el proyecto de ley para fortalecer el control migratorio en hospitales públicos y las deportaciones de personas en situación migratoria irregular”, depositado en la Cámara de Diputados el pasado miércoles por la diputada Mirna Josefina López Francisco, del Partido Revolucionario Moderno (PRM).
La pieza legislativa es presentada en momentos en que el presidente Luis Abinader anuncia un paquete de 15 medidas para enfrentar la migración ilegal y garantizar la soberanía nacional ante la crisis haitiana; y tras el mandatario someter una iniciativa que modifica la Ley 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas.
El pliego de ley de López Francisco modifica artículos de la Ley 285-04 General de Migración; Ley 42-01 General de Salud; Ley 123-15 Orgánica del Servicio Nacional de Salud; y la Ley 137-03.
La normativa establece cambios en los artículos15 y 124 de la Ley General de Migración, para que, además de lo indicado en el primer párrafo de esta nota, no sean admitidos en el territorio nacional las extranjeras que estén embarazadas o en condición de gestación en tercer trimestre.
El proyecto modifica los artículos 10 de la Ley sobre Trata de Personas. Le agrega un párrafo para que las extranjeras en situación migratoria irregular no sean consideradas automáticamente como víctimas de trata “por el solo hecho de encontrarse embarazadas o enfermas, salvo indicios fundados de coacción, explotación o tráfico ilícito”.
El artículo 10 de la Ley 137-03 precisa que las víctimas de trata de personas recibirán atención física, sicológica y social, así como asesoramiento e información con respecto a sus derechos. Esta asistencia la proporcionarán las entidades gubernamentales competentes en coordinación con organizaciones no gubernamentales y otros sectores de la sociedad civil.
La propuesta legislativa modifica el artículo 2 de la Ley 42-01, para ponderar que, aunque toda persona tenga derecho a recibir atención médica en situaciones de emergencia, de conformidad con lo establecido en esta ley, este principio no implique obligación del Estado de garantizar “la permanencia migratoria ni cobertura plena a personas extranjeras en situación migratoria irregular, una vez estabilizada su condición de salud.”
El porqué de la iniciativa
En la pieza, la diputada presenta varias razones por las cuales introduce el marco legislativo. En uno de los considerados, destaca que la creciente presión migratoria irregular ha impactado de manera significativa el sistema de salud pública del país, comprometiendo los recursos asignados a los dominicanos.
Reconoce, además, que la legislación vigente tiene vacíos normativos que dificultan la ejecución de medidas de deportación en casos de pacientes o mujeres embarazadas en condición migratoria irregular, “incluso cuando no existen indicios de trata ni vulneración de derechos”. Al respecto, dice que el Congreso debe adoptar medidas legislativas para reforzar el sistema de sanciones penales frente a crímenes que atenten contra la dignidad humana.
Condena dominicanos sean desplazados
El presidente Abinader anunció el pasado domingo un conjunto de 15 medidas con el fin de proteger a la República Dominicana ante la inmigración ilegal y asegurar el respeto a las leyes del país. El mandatario expresó que los dominicanos tienen derecho a recibir atención médica sin que se les desplace. “No podemos seguir practicando una liberalidad que compromete nuestros recursos”, sostuvo.
Informó que, para controlar la afluencia a los hospitales públicos de personas en condición migratoria irregular, dispuso como undécima medida establecer un protocolo, que deberá estar listo para su aplicación el lunes 21 de abril, que obligue al personal de los hospitales del Servicio Nacional de Salud (SNS) a exigir como requisito una identificación, carta de trabajo en el país y prueba domiciliaria; además, se acordará una tarifa para todos los servicios brindados.
En el caso de no cumplir con ninguno de estos requisitos, precisó que el paciente será atendido y, una vez recuperado, “repatriado” inmediatamente. “Se establecerá un agente migratorio en cada hospital para garantizar el cumplimiento de este protocolo”, advirtió.-elcaribe.com.do