La modificación negativa del Código Procesal Penal hace todo lo que acaba con la felicidad del dominicano. Menoscaba el desarrollo equilibrado de la buena calidad de vida, es actitud esclavizante, abusa en grado extremo. Ser abusado, callar, sin derecho a defenderse es inaceptable, en ese tenor, elimina tratar igual a los iguales, en sí borra la justicia. Falta solo cerrar los tribunales, las cortes al no ser útiles, protectores de los derechos de los ciudadanos.
Están oficializando la ley de la selva, dándole poder al que come y no caza, trabaja, el león. Al decir de Gandhi: “El que come y no trabaja es un ladrón”. La leona es la que caza. El peculado y “buscar lo mío” lo practica el funcionario, solo mirar al “funesto barrilito”, los informes de “irregularidades” de la Cámara de Cuentas y los infinitos funcionarios que no trabajan y reciben un pago y muchos en moneda norteamericana. Eso es no tener vergüenza-dignidad.
Se equivocan, los dominicanos tenemos el hábito de las buenas costumbres, la educación. El pensamiento Duartiano es claro, precisa doctrina en su Decálogo, sentimiento nacionalista que viene de nuestros antepasados y debemos desarrollarlos enmendando las deficiencias. No contrareformando el Código contrario a la Constitución. Sépanlo, un Código ilegal no se cumple. Si se aprueba lo entendemos una violación a la dignidad humana, el hombre no fue plantado en la tierra para ser abusado, esclavizado. Es contrario a la ley superior del bien común. La ley Divina, de donde nacen las leyes creadas por los hombres.
El Código es un cuerpo legal que recoge en forma sistemática las disposiciones jurídicas que regulan una determinada materia. Si viola la Constitución y Derechos Humanos, no es legal. Deja de ser un Código. Es la protección de un delito complejo que lesiona el derecho común.
Las oxidantes neuronas me llaman a recordar cuando leí en la Biblioteca Pública de Cannes, Francia, 1953, el documento aprobado el 2 de agosto de 1789 por la Asamblea Constituyente de la Revolución Francesa: Declaración de los derechos del hombre y los ciudadanos. “Esta declaración consta de 17 artículos y sirvieron de base para la Declaración universal de los derechos del hombre. De las Naciones Unidas”.
Solo les presento:
Artículo 2-El objeto de toda sociedad política es la conservación de los derechos naturales e imprescindibles del hombre. Esos derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión.
Artículo 15- La sociedad tiene derecho a pedir cuenta de su administración a todos los empleados públicos.
Artículo 16- Toda sociedad en la cual la garantía de los derechos no está asegurada, ni determina la separación de los poderes, carece de Constitución.
Señores legisladores con el debido respeto les presento: La legislación como aplicación del derecho: es la legislación que aplica las normas que la voluntad del pueblo quiere, de acuerdo con las condiciones socio-político-económico-culturales existentes en la sociedad.
La legislación democrática: es el proceso de elaboración de las leyes realizado con la participación activa y efectiva del pueblo.
Nuestro interés es un llamado a legislar para restaurar la virtud legal, sabiduría legal, para establecer la confianza del pueblo. No violar el espíritu fundamental del nacionalismo. Duarte vive. No ofender el alma de la patria de todos.
Nuestro invitado de hoy, Cicerón: “El bienestar del pueblo es la ley suprema”. Del libro de las leyes.
El autor es vicealmirante retirado de la Armada Dominicana.
Meditabundo: Legislación indigna…
LA VOZ DE LOS QUE NO LA TIENEN ||
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