En una carta dirigida al presidente de la Cámara de Diputados, de fecha 6 de septiembre del presente año, expresamos lo siguiente: “le informamos que el 31 e agosto del presente año, en una carta dirigida al Relacionador Público, periodista Carlos Julio Féliz, solicité la acreditación para cubrir la Cámara de Diputados en representación de los programas 30 Minutos que se transmite por los canales 35-61 UHF y 35 de Aster, los domingos, de 4:00 a 5:00 PM y Panorama Clubístico por La Voz del Trópico, los domingos de 10:00 a 11:00 AM”.
La comunicación resalta que “en ambos programas se incluye la sección voces del Congreso donde serán entrevistados los legisladores”.
Para mi sorpresa, el periodista Feliz argumentó que “no podía darme la acreditación porque estaba reservada para los periódicos nacionales y los noticieros”.
Esta disposición “medalaganaría” y discriminatoria viola el artículo 49 de la Constitución de la República.
Este artículo expresa “libertad de expresión e información. Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones por cualquier medio, sin que pueda establecerse censura previa”.
1-Toda persona tiene derecho a la información. Este derecho comprende busca, investigar, recibir y difundir información de todo tipo, de carácter público, por cualquier medio, canal o vía, conforme determina la Constitución y la Ley.
2-Todos los medios de información tienen libre acceso a las fuentes noticiosas oficiales y privadas de interés público, de conformidad con la ley.
3-El secreto profesional y la clausura de conciencia del periodista están protegidos por la constitución y la ley.
4-Toda persona tiene derecho a la réplica y rectificación cuando se sienta lesionada por informaciones difundidas. Este derecho se ejercerá de conformidad con la ley.
5-La ley garantiza el acceso equitativo y plural de los sectores sociales y políticos a los medios de comunicación propiedad del Estado.
Limitar a una fuente pública como la Cámara de Diputados, que solamente los periódicos nacionales y los noticieros pueden acreditarse, es ilegal y un abuso de poder.
Partiendo de esa violación a la Constitución es que exigimos del presidente de la Cámara de Diputados, Abel Martínez, haga prevalecer el artículo 49, que en todas sus partes traza las normas y el comportamiento a seguir frente a los periodistas, las periodistas y todos los medios de comunicación. En ninguna parte de ese artículo establece que solamente los periódicos nacionales y los noticieros tienen el derecho a la acreditación.
Es un abuso del periodista Féliz que no comparto, ni acepto, porque viola el derecho que tengo a opinar, buscar informaciones y ejercer el periodismo sin censura previa como muy bien lo establece la Constitución.
Demando que de inmediato el presidente de la Cámara de Diputados deje sin efecto la medida selectiva, draconiana y caprichosa del periodista Feliz que por su mal manejo con los periodistas está creando problemas innecesarios a los legisladores y dañando la imagen de su presidente.