Duerme el sueño eterno anteproyecto Autoridad Marítima…
Un anteproyecto de la Armada Dominicana, preparado con asesoría de expertos de los Estados Unidos y Colombia, ha sido dejado dormido por las autoridades de esta institución militar, privando a la República Dominicana de una legislación avanzada sobre las normas del Control por el Estado Rector del Puerto (CERP), recomendado por la Organización Marítima Internacional (OMI), a través de las cuales todo buque que pretenda ingresar a puertos dominicanos podrá ser inspeccionado por la Autoridad Marítima.
Este proyecto, de acuerdo con un experto consultado por DominicanosHoy, permitiría controlar el cumplimiento de los convenios internacionales y sus respectivas enmiendas, así como cualquier otro convenio marítimo del cual el país se haga signatario, siguiendo los lineamientos del Acuerdo Latinoamericano sobre el Control de Buques por el Estado Rector del Puerto (Acuerdo de Viña del Mar).
Además del Convenio internacional sobre Líneas de Carga, del 5 de abril de 1966, ratificado por el Estado dominicano mediante resolución No. 499,G,O No. 9299 (Solas 1974, del 24 de abril de 1973.
También los convenios internacionales para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, del 1 de noviembre de 1974 y sus protocolos de 1978, ratificado por el Estado en el 1979; el acuerdo para Prevenir la Contaminación por los Buques, del 2 de noviembre de 1973, enmendado por el Protocolo del 1978 y ratificado por el Estado dominicano en 1998 y el Convenio sobre el Reglamento Internacional para Prevenir los Abordajes, del 20 de octubre de 1972, ratificado por el Estado dominicano en 1977.
“Se implementará el control de cumplimiento de otros convenios internacionales pertinentes, de los que la República Dominicana sea parte en el futuro, luego de transcurridos 30 días hábiles desde la publicación por parte del Congreso Nacional”, dice el anteproyecto.
De aprobarse dicha legislación, “la Comandancia de la Armada Dominicana, a través de la Dirección de Comandancias de Puertos de la Marina de Guerra, se convertiría en la institución, en virtud de la Ley No. 3003, del 12 de julio de 1951, encargada de controlar y hacer cumplir lo dispuesto en este decreto en tal calidad, será la Autoridad marítima responsable por la seguridad y la protección del tránsito marítimos jurisdiccionales, según fuese necesario como. Estado rector del Puerto. Estado ribereño. Estado de abanderamiento”.
Sin embargo, en la actualidad, legisladores pagados que no saben “un carajo de operaciones portuarias”, preparan modificaciones a la Ley de Puertos para tener vigencia, lo que enreda y saca a la Armada de juego, la institución que es Autoridad Marítima, que sabe”.
“Tener dinero no es suficiente; pero la culpa no es de ese esos legisladores, sino de los que permiten que espalderos y políticos sean los que nombren militares y funcionarios en puestos de mando”, dijo el informante.
“Eso le va a quitar vigencia a capitanía de puertos de la Armada como hizo el desastre de Autoridad Portuaria en el pasado. Ya se ha intentado”, agregó la fuente, quien de inmediato agrega: “La tendencia es usar las Fuerzas Armadas en el Estado para organizar países como el nuestro. Observen los casos México y Brasil (Venezuela también, pero al revés). La Armada es la Autoridad Marítima, nada se puede hacer en los puertos sin su intervención directa.