Cannes, Francia, 1953. Esta tarde estuve en la biblioteca pública y por primera vez veo un diccionario de política al leer ciertas definiciones decide copiarlos.
Partido de interés económicos: Es el que trata de llegar al poder y mantenerlo con el fin primordial de preservar los beneficios económicos que su ejercicio proporciona a sus adherentes. En el sistema liberal los partidos políticos que gobiernan tienen generalmente este matiz
Muerte política: Condición que queda una persona que por decisión de la autoridad es despojada de todos sus derechos políticos, y queda por tanto, privada de participación en los procesos políticos de su propio Estado.
Patología política: Estudio de los males políticos que se suscitan en una sociedad y de los factores que contribuyen a que dichos males se presenten.
Malversación de fondos públicos: Acción ilícita representada por personas que tienen a su cargo el manejo de caudales del Estado, y los emplean en medidas u obras distintas a las que estaban destinadas.
Peculado: Delito que comete el funcionario que tiene a su cargo la administración de fondos del tesoro público, cuando hurto caudales que son parte de esos fondos.
Demagogia: Es la forma de actuar de un político que atrae adherentes mediante ofrecimientos que sabe que no podrá cumplir sus palabras o acciones están dirigidas a la sensibilidad emocional del pueblo.
Demagogo: Es el político que formula promesas que sabe que son imposibles de cumplir.
Paternalismo: Actitud protectora que asumen personas del grupo gobernante con relación a los gobernados, o bien Estados poderosos con relación a comunidades que tienen sometidas el ejercicio del paternalismo anuda a la democracia, cuando niega el principio de la igualdad.
Leyes Anticonstitucionales: Normas generales aprobadas por los órganos correspondientes, pero que violan normas contenidos en la constitución. También se les llama. Inconstitucionales: La anticonstitucionalidad o inconstitucionalidad tiene que ser asi declarada por los órganos oficiales competentes, generalmente los tribunales. En tanto no se haga tal declaración formal, las leyes son constitucionales y tienen plena vigencia.
Juicio de residencia: Proceso que se rigüe a personas que ejercen o han ejercido cargos públicos, con relación a la conducta que han ejercido cargos público, con relación a la conducta que han observado en el desempeño de cargo.
Juez pesquisidor: magistrado que se nombra en forma específica para que intervenga en la persecución y aclaración de un determinado delito y de sus autores. Se acude a él especialmente cuando el acusado es un funcionario público.
Dictadura de partido: Sistema político en que un partido ejerce el poder en forma exclusiva, sin que ningún otro grupo político tenga posibilidades reales de disputárselo y de constituirse en alternativa probable.
Cripto Político: se dice de aquello que aparentemente no es de naturaleza política, pero que en el fondo si lo es.
Negocio político: En el buen sentido es equivalente a que hacer, ocupación o trabajo político, o bien transacción que produce consecuencias políticas para los que intervienen en ella.
En sentido negativo, se entiende como tal una actividad de índole político que produce beneficios dudosos al que o realiza. Tal el caso de ocupar un cargo y a través del ejercer influencias y amasar fortunas.
Bono: Titulo o documento de una deuda contraída por el Estado o por alguna entidad pública autónoma en el Bono consta la cantidad que se adeuda al titular, así como el interés que se le pagara, y la fecha en que debe quedar remedio en su totalidad. La emisión de Bonos es una forma de pedir dinero prestado por la autoridad pública.
Clase político: Se dice de aquella idea o expresión que se repite con frecuencia en la política, bien sea como propaganda del partido, o bien, como recurso para impresionar al pueblo por parte de un funcionario público.
Exacción ilegal: cobro injustificado de impuestos, contribuciones, multas, o de cualquier cantidad de dinero, bien que sea para un funcionario público o de personas que se hacen pasar por autoridades.
Disciplina: Observancia de las leyes y ordenamientos de una profesión o de una institución. En los grupos políticos la disciplina se refiere a la observancia de los principios y actitudes que adopta el grupo.
Nuestro invitado de hoy; Charles Baudelaire. “Habrá que añadir dos derechos a la lista de derechos del hombre. El derecho al desorden a marcharse”.
Consérvese bueno
El autor es vicealmirante retirado de la Armada Dominicana.